sábado, 26 de abril de 2014

Por el cual se exalta la memoria de un Querido Hermano Masón y se lamenta su paso al Oriente Eterno


Gran Logia del Norte de Colombia
R:. E:. A:. A:.
Fundada el 25 de abril de 1990
Website: www.glnortedecolombia.org
E-mail: info@ glnortedecolombia.org
Calle 80 No. 42E – 14
Barranquilla – Colombia



DECRETO No. 033
(2014)

“Por el cual se exalta la memoria de un Querido Hermano Masón
y se lamenta su paso al Oriente Eterno”

El Muy Respetable Gran Maestro de la Muy Respetable Gran Logia del Norte de Colombia con sede en Barranquilla, en uso de facultades conferidas por la Constitución Masónica y los Estatutos Generales y

CONSIDERANDO:

Que el Querido Hermano José Stevenson Collante, hombre libre y de buenas costumbres, ha pasado a ocupar su columna en la Gran Logia de la Eternidad el día 25 de abril de 2014 (e:. v:.)

Que el Querido Hermano José Stevenson Collante en su vida Masónica se distinguió por los innumerables servicios prestados a la Masonería barranquillera, tanto en las Logias Simbólicas como en las Cámaras Escocistas del Rito Escocés Antiguo y Aceptado que dirige el Supremo Consejo del Grado 33 para Colombia; siendo el X Gran Maestro de la Muy Respetable Gran Logia del Norte de Colombia con sede en Barranquilla, período 1999 – 2000 (e:. v:.)

Que en la sociedad profana sobresalió como un grande profesional de la ingeniería química, siendo la primera promoción de la incipiente Universidad del Atlántico en los años 40; asimismo, fungiendo como rector de la ya consolidada y prestigiosa universidad, más de seis lustros después; un ser humano digno de imitar, que puso su diáfano conocimiento e indiviso denuedo, de su invariable voluntad juvenil, al servicio de la comunidad y a la filantropía;

Que en su ininterrumpida actividad Masónica, el Querido Hermano José Stevenson Collante brilló como un paradigma del auténtico Masón, defensor leal del Rito Escocés Antiguo y Aceptado que regenta, desde 1833, el Supremo Consejo del Grado 33º para Colombia; buen hermano y amantísimo padre de familia, atributos por los cuales su eximia existencia fue un bello ejemplo, no solo en el ámbito local, sino del Caribe Colombiano en general, región en la que ha dejado una esplendorosa estela que forma parte de su meritorio tránsito por la Tierra.

Que en todos estos puertos de lo que fue el mar de su vida, el Querido Hermano José Stevenson Collante dejó huella imborrable de su probidad, claro juicio, consagración al estudio de los problemas que se le presentaren, contribuyendo de este modo a la civilidad y los intereses de su familia, la Masonería y la Sociedad.

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO. Exaltar, como en efecto se exalta, la memoria del Querido Hermano José Stevenson Collante, legítima Columna de la Respetable Logia Amistad No.4, jurisdiccionada a la Muy Respetable Gran Logia del Norte de Colombia.

ARTÍCULO SEGUNDO. Lamentar, como en efecto se lamenta, con profundo dolor, su paso al Oriente Eterno e interpretar el sentimiento de pesadumbre que hoy aflige a la Masonería Colombiana, en especial, la Masonería Barranquillera, por el fallecimiento de tan honorable caballero.

ARTÍCULO TERCERO. Ligarse al dolor y al desconsuelo que sufren los deudos del Querido Hermano José Stevenson Collante, con las más entrañables expresiones de solidaridad, deferencia y aprecio.

ARTÍCULO CUARTO. Declarar, como en efecto se declara, por su condición de ex Gran Maestro, siete (7) días de duelo en este Gran Oriente, durante los cuales el estandarte de la Muy Respetable Gran Logia del Norte de Colombia permanecerá enlutado, como testimonio del dolor ante el fallecimiento de nuestro Querido Hermano José Stevenson Collante

ARTÍCULO QUINTO. Todas y cada una de las Respetables Logias, jurisdiccionadas a la Muy Respetable Gran Logia del Norte de Colombia, en la Tenida que sea leído el presente decreto, guardarán un minuto de silencio y clausurarán los trabajos a golpe de Mallete, como un homenaje de afecto a la memoria del inolvidable Querido Hermano José Stevenson Collante, quien ha pasado a integrar la Gran Logia de la Eternidad.

ARTÍCULO SEXTO. Copia del presente decreto, trascrito en nota de estilo, será entregado a su dignísima esposa e hijos por Gran Comisión especial, designada por el Muy Respetable Gran Maestro.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en el Oriente Capital de Barranquilla a los veinticinco (25) días del mes de abril de 2014 (e:. v:.).

Fdo.


Jaime Castilla Camacho                                                                Álvaro José Díaz Romero
         Gran Maestro                                                                              Gr:. Secr:. Pod:. Ej:.

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